EL CAF REDETERMINARÁ EL PRECIO PARA LOS CONTRATOS DE AMPLIACIÓN DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN

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  • Publicación de la entrada:20 noviembre, 2019
  • Categoría de la entrada:Noticias

El Ministerio de Hacienda, mediante la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico le encomendó al Comité de Administración del Fondo Fiduciario para el Transporte Eléctrico Federal (CAF), el dictado de los actos necesarios para la redeterminación del canon o precio correspondiente a la parte faltante de ejecución de los contratos de Ampliación de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión o por Distribución Troncal, en los que el Fondo Fiduciario para el Transporte Eléctrico Federal (FFTEF) sea el comitente.

Según explica la resolución 40/2019, publicada este martes en el Boletín Oficial, mediante el artículo 3° del decreto 691 del 17 de mayo de 2016, se invitó, entre otros, a los fondos fiduciarios integrados total o parcialmente con fondos del Estado Nacional, a adherir a lo establecido en dicha norma o a dictar normas similares en sus respectivas jurisdicciones.

En este sentido, en los considerandos de la norma aclaran que los contratos de Ampliaciones de Transporte de Energía Eléctrica de Alta Tensión o por Distribución Troncal que ejecuta el Fondo Fiduciario para el Transporte Eléctrico Federal (FFTEF), prevén la aplicación del procedimiento previsto en el decreto 634/2003, modificado por su similar 691/2016.

En este contexto, por medio de la resolución 12 del 16 de abril de 2019 se encomendó a la Subsecretaría de Mercado Eléctrico el dictado de los actos necesarios para redeterminar el precio correspondiente a la ejecución de ampliaciones de transporte de energía eléctrica en alta tensión o por distribución troncal en ejecución, conforme con lo previsto en el decreto 634/2003.

Así, desde el Gobierno explican la normativa vigente fue modificada, “con el objeto de permitir que las facultades delegadas a la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico puedan ser encomendadas a las subsecretarías, direcciones, entes descentralizados y/o fondos fiduciarios que se desempeñen en su órbita”, manifiesta el texto oficial.

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